Del salario bruto al salario neto
El salario bruto es lo que pactas con la empresa; el neto es lo que de verdad ingresas en tu cuenta. La diferencia son dos descuentos obligatorios: la cotización a la Seguridad Social y la retención a cuenta del IRPF. Entender cómo se calculan te ayuda a leer tu nómina y a no llevarte sorpresas cuando cambias de trabajo o te suben el sueldo.
La cotización a la Seguridad Social
Como trabajador por cuenta ajena, aportas a la Seguridad Social en torno al 6,50 % de tu base de cotización, repartido en varios conceptos: contingencias comunes (4,70 %), desempleo (1,55 % en contrato indefinido), formación profesional (0,10 %) y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional o MEI (0,15 %). La empresa, por su parte, aporta bastante más, pero eso no sale de tu nómina.
Esta cotización se calcula sobre tu base de cotización, que es tu salario mensual con las pagas extra prorrateadas, con un límite importante: la base máxima de cotización. Si tu salario supera ese tope, solo cotizas hasta el máximo. Por eso, a partir de cierto sueldo, la cotización deja de crecer.
La retención de IRPF: el algoritmo oficial
La retención de IRPF es un anticipo de tu impuesto sobre la renta. No es un porcentaje fijo: depende de cuánto ganas y de tus circunstancias personales y familiares. Para calcularla seguimos, paso a paso, el algoritmo oficial de la AEAT para el ejercicio 2026. En resumen, el procedimiento es:
- Se parte del rendimiento neto (salario menos cotizaciones).
- Se aplican la reducción por rendimientos del trabajo (mayor cuanto menor es el salario) y los otros gastos de 2.000 €.
- Se determina el mínimo personal y familiar: 5.550 € de mínimo del contribuyente, más las cantidades por descendientes (2.400 € el primero, 2.700 € el segundo, 4.000 € el tercero, 4.500 € los siguientes; y 2.800 € más por cada hijo menor de tres años).
- Se calcula la base para el tipo de retención y se le aplica la escala de retención (del 19 % al 47 %), haciendo lo mismo con el mínimo personal y familiar; la diferencia es la cuota.
- El tipo de retención es esa cuota dividida entre el salario. Existen límites, como el del 43 % para salarios moderados, que evitan retenciones desproporcionadas.
Por debajo de ciertos importes (ligados al salario mínimo), la retribución queda exenta de retención: no se retiene nada. Nuestra calculadora aplica también esas tablas de exención.
El IRPF no cambia entre comunidades comunes
Una confusión muy habitual: la retención mensual no varía según la comunidad autónoma en territorio común. La retención usa una escala estatal única. La escala autonómica sí importa, pero solo cuando haces la declaración anual de la renta, no en la nómina. Por eso, vivas en Madrid o en Andalucía, el neto de tu nómina es el mismo a igualdad de circunstancias.
Navarra y País Vasco: régimen foral
Hay dos excepciones: Navarra y País Vasco tienen régimen foral, con sus propias haciendas y sus propias tablas de retención. Sus cifras no coinciden con las del territorio común, así que no las calculamos: preferimos avisarte de forma explícita antes que darte un número que no se corresponde con tu realidad. Si resides en estos territorios, consulta tu hacienda foral.
Valida tu caso en la AEAT
Nuestra calculadora reproduce con fidelidad el procedimiento general, pensado para la mayoría de las nóminas. Tu situación puede tener particularidades (rentas irregulares, pensiones compensatorias, anualidades por alimentos, grados de discapacidad, regularizaciones a mitad de año) que el algoritmo oficial contempla y que aquí simplificamos. Para tu caso exacto, puedes validar el tipo de retención en el Servicio de Cálculo de Retenciones de la AEAT, que enlazamos en las fuentes. Recuerda que este resultado es orientativo y no sustituye al asesoramiento profesional.